Tus próximos impuestos, de un vistazo
Dinos cómo trabajas y te mostramos los modelos que te tocan y cuántos días te quedan para cada uno.
Plazos generales de la Agencia Tributaria para presentar y pagar (si el último día es sábado o domingo, pasa al lunes). No incluye festivos ni casos especiales (grandes empresas, prorrata, módulos, domiciliación, que adelanta unos días). Comprueba siempre el calendario oficial de la AEAT.
Los plazos que debes tener en cuenta
Las declaraciones trimestrales se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero la del cuarto trimestre. En ellas van el IVA (modelo 303), el pago fraccionado del IRPF de los autónomos en estimación directa (modelo 130) y las retenciones de trabajadores, profesionales (modelo 111) y alquileres (modelo 115).
En enero se presentan además los resúmenes anuales (modelos 390, 190 y 180), y en febrero la declaración de operaciones con terceros (modelo 347). Las sociedades presentan el Impuesto sobre Sociedades (modelo 200) en julio y sus pagos fraccionados (modelo 202) en abril, octubre y diciembre.
Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes. Y si quieres olvidarte de los plazos, nuestra gestoría online los prepara y presenta por ti.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si presento un impuesto fuera de plazo?
Si lo presentas sin requerimiento de Hacienda, pagas un recargo que empieza en el 1 % y crece un 1 % por cada mes de retraso, hasta el 15 % pasado un año, más intereses desde entonces. Si te lo reclama Hacienda, puede haber sanción.
¿Qué ocurre si el último día del plazo es festivo o fin de semana?
El plazo pasa al primer día hábil siguiente. Esta herramienta tiene en cuenta los sábados y domingos, pero no los festivos.
¿Tengo que presentar el modelo 303 aunque no haya facturado?
Sí. Si estás dado de alta en el IVA debes presentarlo cada trimestre, aunque sea sin actividad, salvo en los casos exentos.
¿Este calendario sirve para grandes empresas?
No. Las grandes empresas, las inscritas en el SII o en el REDEME presentan de forma mensual. Consulta siempre el calendario oficial de la Agencia Tributaria.