Saltar al contenido
Control horario y RR. HH.

Guardias y disponibilidad: qué cuenta como tiempo de trabajo

Por el equipo de Gestonet · · 5 min de lectura

Trabajador atendiendo una llamada en su escritorio a última hora

El técnico de mantenimiento que lleva el teléfono de urgencias el fin de semana, la enfermera que pasa la noche en la clínica por si hay un ingreso, el informático que debe responder si cae el servidor. Las guardias y los sistemas de disponibilidad existen en muchos sectores, y generan una de las preguntas laborales más discutidas: ¿ese tiempo es trabajo o descanso? La respuesta depende de cómo esté organizada la guardia, y el registro de jornada debe reflejarlo.

Tiempo de trabajo y tiempo de descanso: no hay término medio

La Directiva 2003/88/CE, sobre ordenación del tiempo de trabajo, define el tiempo de trabajo como el periodo en el que el trabajador permanece en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o funciones. Todo lo demás es periodo de descanso. Para el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) no existe una categoría intermedia: cada hora de guardia es trabajo o es descanso.

En España, el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores regula la jornada y los descansos, y su apartado 9 obliga a registrar el inicio y el fin de la jornada. Lo que sea tiempo de trabajo durante una guardia debe estar en ese registro.

Guardia presencial: siempre tiempo de trabajo

Si el trabajador debe permanecer en el centro de trabajo o en el lugar que determine la empresa, toda la guardia es tiempo de trabajo, aunque pase horas sin actividad o pueda dormir. Así lo estableció el TJUE en las sentencias SIMAP (asunto C-303/98, de 2000) y Jaeger (asunto C-151/02, de 2003), referidas a personal médico.

Consecuencias prácticas:

  • Toda la guardia se registra como jornada, con su inicio y su fin.
  • Cuenta para los límites de jornada y para el descanso de 12 horas entre jornadas (art. 34.3 ET), salvo las adaptaciones que prevean la normativa especial y el convenio.
  • La retribución puede ser distinta de la de la jornada ordinaria si lo fija el convenio, pero el tiempo cuenta.

Guardia localizada: depende de las limitaciones

En la guardia localizada (o «de disponibilidad»), el trabajador puede estar en casa o donde quiera, siempre que esté localizable y pueda acudir si le llaman. Como regla general, solo es tiempo de trabajo el tiempo de intervención efectiva: la llamada atendida, el desplazamiento y la reparación.

Pero el TJUE ha matizado esta regla:

  • En el caso Matzak (asunto C-518/15, de 2018), consideró tiempo de trabajo la guardia domiciliaria de un bombero voluntario que debía presentarse en el parque en 8 minutos.
  • En dos sentencias de marzo de 2021 (asuntos C-344/19 y C-580/19), estableció el criterio general: la guardia localizada es tiempo de trabajo cuando las limitaciones impuestas afectan objetivamente y de forma muy significativa a la capacidad del trabajador para administrar libremente su tiempo y dedicarlo a sus intereses.

Para valorarlo se tienen en cuenta factores como:

FactorApunta a tiempo de descansoApunta a tiempo de trabajo
Plazo para incorporarseAmplio (por ejemplo, una o dos horas)Muy corto (pocos minutos)
Frecuencia de las intervencionesEscasas y ocasionalesFrecuentes durante toda la guardia
Obligaciones durante la guardiaSolo estar localizableUniforme, vehículo de empresa siempre listo, zona limitada
FacilidadesPuede atender desde cualquier lugarDebe quedarse muy cerca de un punto concreto

La valoración es caso por caso. Si tienes dudas sobre un sistema concreto, revisa el convenio y consulta tu caso con tu asesoría laboral.

Cómo registrar una guardia localizada

Aunque la guardia en sí no sea trabajo, cada intervención sí lo es y debe quedar en el registro con su hora de inicio y fin. Un ejemplo con horas ilustrativas, para un técnico de guardia un sábado:

HoraQué ocurreRegistro
Sábado 8:00Empieza la guardia localizadaSe anota la guardia en el cuadrante (no es fichaje de jornada)
11:40-13:10Avería en un cliente: desplazamiento y reparaciónEntrada a las 11:40, salida a las 13:10
22:15-22:35Incidencia resuelta en remotoEntrada a las 22:15, salida a las 22:35
Domingo 8:00Termina la guardia—

Cuidado con los descansos: si la intervención acaba a las 3:00 y el lunes la jornada empieza a las 8:00, solo hay cinco horas de descanso. Como la intervención es trabajo, cuenta para el descanso mínimo entre jornadas.

Guardias en días libres

Muchas guardias caen en fin de semana o en días libres del horario. El sistema de registro debe permitir fichar en esos días sin tratarlo como un error, y el calendario debe mostrar quién está de guardia. También hay que vigilar el descanso semanal de día y medio (art. 37.1 ET): las intervenciones frecuentes en días de descanso pueden comprometerlo.

Retribución: lo decide el convenio

La ley no fija un precio para la hora de guardia. Es habitual que los convenios establezcan un plus de disponibilidad por la guardia localizada y paguen aparte las horas de intervención, que pueden ser horas extraordinarias si superan la jornada. Los importes y las condiciones dependen del convenio aplicable; no los supongas. Si las intervenciones generan horas extra, recuerda el límite de 80 al año (art. 35.2 ET) y revisa horas extra: límite y registro.

Sectores donde más se dan las guardias

  • Sanidad privada y residencias: guardias presenciales y localizadas de personal médico y de enfermería. Lo vemos en el control horario en clínicas.
  • Mantenimiento, servicios técnicos y talleres: asistencia urgente a clientes, averías, ascensores, calderas.
  • Informática y sistemas: disponibilidad para incidencias críticas, a menudo resueltas en remoto.
  • Servicios municipales: aguas, alumbrado, brigadas de emergencia.

En el transporte por carretera existe además la figura del «tiempo de presencia», regulada en el Real Decreto 1561/1995, con reglas propias.

Guardias y desconexión digital

Estar de guardia es la excepción pactada al derecho a la desconexión: el trabajador sabe que puede recibir llamadas en ese periodo. Fuera de la guardia, la empresa debe respetar su descanso. Por eso conviene que la política de desconexión digital diga quién está de guardia, por qué canal se le avisa y que nadie más debe ser contactado.

Cómo encaja Tempo con las guardias

En Tempo puedes marcar a un empleado de guardia, lo que le permite fichar aunque sea un día libre de su horario. Cada intervención queda registrada con su entrada y su salida, también si se ficha desde el móvil sin conexión, y cuenta para el banco de horas, las horas extra y los avisos de descanso entre jornadas. Más información en Tempo.

Preguntas frecuentes

¿Una guardia en el centro de trabajo es tiempo de trabajo aunque no haya actividad?

Sí. Según el TJUE (sentencias SIMAP y Jaeger), si el trabajador debe permanecer en el lugar que fija la empresa, toda la guardia es tiempo de trabajo, aunque pueda descansar o dormir.

¿La guardia localizada desde casa cuenta como jornada?

En general, solo las intervenciones. Pero si las restricciones (por ejemplo, un plazo de incorporación de pocos minutos) limitan de forma muy significativa el uso del tiempo libre, el TJUE considera que toda la guardia es tiempo de trabajo.

¿Hay que fichar las llamadas atendidas durante una guardia localizada?

Sí. Cada intervención es tiempo de trabajo y debe registrarse con su hora de inicio y fin, incluido el desplazamiento si lo hay.

¿Cuánto se paga una hora de guardia?

La ley no fija un importe. Lo habitual es que el convenio establezca un plus de disponibilidad y pague aparte las intervenciones. Consulta el convenio aplicable.

Fuentes oficiales

¿Te ayudamos?

Habla con nosotros

Cuéntanos tu caso y te enseñamos cómo lo resolvemos con Tempo, sin compromiso.

  • Demostración personalizada
  • 9,95 €/mes hasta 3 empleados y 3 €/mes por cada empleado más, sin permanencia

Solicita información

Te respondemos en menos de 24 horas laborables.

Solicita una demo