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Autónomos y pymes

Kit Digital y ayudas a la digitalización: qué saber

Por el equipo de Gestonet · · 5 min de lectura

Dueño de una cafetería sonriendo mientras usa una tableta

Actualización (octubre de 2026): Hacienda ha anunciado un nuevo aplazamiento de VeriFactu hasta 2028. Actualizaremos las fechas de este artículo en cuanto se publique en el BOE; mientras tanto, el calendario legal vigente es el que se explica aquí.

Pocas ayudas han tenido tanta difusión entre autónomos y pymes como el Kit Digital. También pocas han generado tantas dudas: quién podía pedirlo, qué incluía, si había que pagar algo, si tributa. Este artículo explica cómo funciona el programa, qué conviene comprobar si todavía puedes acceder y qué alternativas existen. Como las convocatorias cambian, tómalo como una guía del funcionamiento y verifica siempre los plazos en la web oficial.

¿Qué es el Kit Digital?

Es un programa de ayudas del Gobierno de España incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y financiado con los fondos europeos Next Generation EU. Lo gestiona la entidad pública Red.es y sus bases reguladoras se aprobaron por la Orden ETD/1498/2021.

No es una transferencia de dinero a la empresa. El beneficiario recibe un bono digital con un importe máximo y lo usa para contratar soluciones de digitalización a agentes digitalizadores adheridos, que son quienes cobran la ayuda de Red.es tras justificar el servicio.

¿Quién podía solicitarlo y por qué importes?

El programa se organizó por segmentos según el número de empleados. Los importes del bono, fijados en las convocatorias, fueron estos para los primeros segmentos:

SegmentoTamaño de la empresaImporte máximo del bono
IDe 10 a menos de 50 empleados12.000 €
IIDe 3 a menos de 10 empleados6.000 €
IIIDe 0 a menos de 3 empleados (incluidos autónomos)3.000 €

Más adelante se abrieron convocatorias para empresas medianas, de 50 a menos de 250 empleados. Comprueba en la web oficial del programa si alguna convocatoria sigue abierta, porque los plazos se han ido ampliando y cerrando y los fondos europeos tienen un horizonte temporal limitado.

Requisitos generales

  • Ser pequeña empresa, microempresa o autónomo con domicilio fiscal en España.
  • Cumplir una antigüedad mínima y estar inscrito en el censo de empresarios.
  • Estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
  • No ser una empresa en crisis ni superar el límite de ayudas de minimis de la Unión Europea.
  • Registrarse en la plataforma Acelera pyme y completar un test de autodiagnóstico digital.

¿Qué soluciones cubre?

El catálogo de soluciones incluía, entre otras:

  • Sitio web y presencia en internet.
  • Comercio electrónico.
  • Gestión de redes sociales.
  • Gestión de clientes (CRM).
  • Gestión de procesos (facturación, contabilidad, inventario, recursos humanos).
  • Factura electrónica.
  • Oficina virtual y comunicaciones seguras.
  • Ciberseguridad.

Cada solución tenía requisitos mínimos de funcionalidad y una duración de servicio (normalmente doce meses) que el agente debía cumplir para cobrar.

Lo que conviene saber antes de firmar con un agente

El IVA no está subvencionado

El bono cubre la base imponible de la solución, pero el IVA lo pagas tú. Si estás en el régimen general de IVA podrás deducirlo; si no (por ejemplo, actividades exentas o recargo de equivalencia), será un coste.

La ayuda tributa

Una subvención es un ingreso de tu actividad a efectos del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades. A la vez, el gasto o la amortización de la solución contratada es deducible. Pregunta a tu gestoría cómo imputarla en tu caso concreto.

Elige por necesidad, no por el bono

El error más común fue aceptar «una web gratis» que nadie mantenía después o un programa que nunca se usó. Pregúntate qué problema resuelve la solución y qué pasará cuando termine el periodo subvencionado: ¿cuánto costará seguir usándola? ¿podrás exportar tus datos?

Cuidado con los fraudes

  • Desconfía de llamadas que dicen ser «de Red.es» o «del Gobierno» y piden datos o claves.
  • No entregues tus credenciales de la sede electrónica ni tu certificado digital.
  • Comprueba que el agente digitalizador figura en el catálogo oficial.
  • Lee lo que firmas: el acuerdo de prestación de soluciones define qué recibes y durante cuánto tiempo.

Ejemplo práctico

Ejemplo ilustrativo con importes de las convocatorias del segmento III. Carmen, autónoma con una tienda y una empleada, obtiene un bono de 3.000 €. Lo destina a una web con catálogo (2.000 €) y a una solución de facturación y gestión (1.000 €). Paga el IVA de ambas, que deduce en su modelo 303. Su gestoría registra los 3.000 € como ingreso del ejercicio y las soluciones como gasto o inversión amortizable. Al terminar los doce meses, Carmen sigue pagando la cuota de la facturación porque la usa a diario, y cambia la web a un mantenimiento más barato.

Otras ayudas a la digitalización

Más allá del Kit Digital existen otras vías, con convocatorias que cambian cada año:

FuenteQué suele ofrecerDónde consultar
Kit ConsultingBonos para servicios de asesoramiento en digitalización, orientados a empresas con más empleadosAcelera pyme / Red.es
Comunidades autónomasSubvenciones a la inversión en tecnología, comercio electrónico o ciberseguridadWeb de empleo o industria de tu comunidad
Cámaras de ComercioProgramas de diagnóstico y ayudas a la implantación de soluciones digitalesCámara de tu provincia
Ayuntamientos y diputacionesAyudas al comercio local y a la modernizaciónSede electrónica municipal o provincial

Ten en cuenta que muchas ayudas son incompatibles entre sí para el mismo gasto y que casi todas cuentan para el límite de minimis.

Por qué digitalizar aunque no haya ayuda

Hay digitalizaciones que llegarán igualmente por obligación legal. La más próxima es la de la facturación: según el calendario vigente tras el último aplazamiento, los sistemas de facturación deberán cumplir el reglamento antifraude desde el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto (compruébalo en la AEAT). Te lo explicamos en qué es VeriFactu. Si tienes empleados, revisa también cómo elegir un software de control horario. Y si quieres un plan completo, empieza por digitalizar un pequeño negocio: por dónde empezar.

Digitalización con sentido, con o sin ayuda

En la gestoría online de Gestonet te ayudamos a valorar qué ayudas encajan con tu negocio, cómo tributan y qué herramientas necesitas de verdad. Gestonet, incluido en el servicio, cubre la facturación preparada para VeriFactu y el registro de gastos.

Preguntas frecuentes

¿Sigue abierto el Kit Digital?

Las convocatorias del Kit Digital han tenido plazos que se han ido ampliando y cerrando por segmentos, y los fondos europeos que lo financian tienen un horizonte limitado. Comprueba la situación actual en la web oficial acelerapyme.gob.es antes de iniciar ningún trámite.

¿El Kit Digital es gratis?

El bono cubre la base imponible de las soluciones hasta el importe máximo, pero el IVA lo paga el beneficiario. Además, la ayuda tributa como ingreso en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades.

¿Tengo que declarar la ayuda del Kit Digital?

Sí. Es una subvención y se considera ingreso de la actividad. A la vez, el gasto o la amortización de la solución contratada es deducible. Tu gestoría puede indicarte en qué ejercicio imputarla.

¿Cómo sé si un agente digitalizador es fiable?

Comprueba que aparece en el catálogo oficial de agentes adheridos, lee el acuerdo de prestación de soluciones y no entregues nunca tus claves de acceso ni tu certificado digital.

Fuentes oficiales

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